Artículo cincuenta y siete
La Comunidad de Madrid colaborará con el Estado y los Ayuntamientos en todos los aspectos relativos al régimen fiscal y financiero.
Norma publicada: 25 de febrero de 1983
Resumen del Artículo cincuenta y siete
Artículo cincuenta y siete del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (EAMad) — La Comunidad de Madrid colaborará con el Estado y los Ayuntamientos en todos los aspectos relativos al régimen fiscal y financiero.
La Comunidad de Madrid colaborará con el Estado y los Ayuntamientos en todos los aspectos relativos al régimen fiscal y financiero.
Norma publicada: 25 de febrero de 1983
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La Comunidad de Madrid colaborará con el Estado y los Ayuntamientos en todos los aspectos relativos al régimen fiscal y financiero.
El artículo cincuenta y siete del EAMad está vigente.
Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.
El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.
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