Resumen del Artículo cincuenta y siete

Artículo cincuenta y siete del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid (EAMad) — La Comunidad de Madrid colaborará con el Estado y los Ayuntamientos en todos los aspectos relativos al régimen fiscal y financiero.

EAMadVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cincuenta y siete

La Comunidad de Madrid colaborará con el Estado y los Ayuntamientos en todos los aspectos relativos al régimen fiscal y financiero.

Norma publicada: 25 de febrero de 1983

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo cincuenta y siete

¿Qué dice el Artículo cincuenta y siete del EAMad?

La Comunidad de Madrid colaborará con el Estado y los Ayuntamientos en todos los aspectos relativos al régimen fiscal y financiero.

¿El Artículo cincuenta y siete del EAMad está vigente?

El artículo cincuenta y siete del EAMad está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cincuenta y siete dentro del EAMad?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cincuenta y siete?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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